La manutención del cónyuge en Minnesota

La manutención del cónyuge, comúnmente conocida como pensión alimenticia, a menudo se paga cuando las parejas de Minnesota se divorcian. El objetivo de la pensión alimenticia es preservar, en la medida de lo posible, el nivel de vida actual del cónyuge de bajos ingresos.

Si una pareja que se divorcia puede llegar a un acuerdo sobre la pensión alimenticia, cuánto y por cuánto tiempo, es mucho mejor que discutir sobre ello en la corte. Ir a los tribunales es, por supuesto, muy caro y amargo, y también crea mucha incertidumbre.

Es muy difícil dictar cuánta pensión alimenticia ordenará un juez, porque los jueces tienen mucha libertad para tomar estas decisiones. A diferencia de la manutención de los hijos, no existe una fórmula estándar para calcular la manutención del cónyuge en Minnesota. En general, sin embargo, cuanto más tiempo haya estado casado, y cuanto mayor sea la disparidad en la capacidad de obtener ingresos entre los cónyuges, más probable será que se obtenga un premio de manutención sustancial.

Factores que un juez Debe Considerar

Si usted y su cónyuge no pueden ponerse de acuerdo sobre la manutención del cónyuge,deberá presentar pruebas a la corte sobre los factores establecidos en la ley de Minnesota. (Minn. Stat. Ana. sec. 518.552.)

La ley estatal establece que un tribunal puede otorgar el mantenimiento del cónyuge si el cónyuge que lo solicita no tiene suficientes bienes para satisfacer necesidades razonables, especialmente si el cónyuge necesita capacitación o educación.La pensión alimenticia también se justifica si el cónyuge no puede mantenerse trabajando o si cuida de un hijo en circunstancias que lo hacen apropiado para él o ella no trabajar fuera del hogar.

El mantenimiento puede ser temporal o permanente. El juez no está autorizado a tomar en cuenta la mala conducta conyugal, pero se le ordena que considere «todos los factores relevantes», incluidos:

  • Los recursos financieros del cónyuge que busca el mantenimiento, incluidos los bienes conyugales y la manutención de los hijos.
  • Cuánto tiempo tardará el cónyuge en recibir la educación o la capacitación necesarias para ser autosuficiente, y la probabilidad,dada la edad y las habilidades del cónyuge, de que sea autosuficiente.
  • El nivel de vida establecido por la pareja durante el matrimonio.
  • Cuánto tiempo duró el matrimonio.
  • Cuánto tiempo un cónyuge que es ama de casa ha estado fuera del mundo laboral, y en qué medida esa ausencia ha disminuido la capacidad de aprendizaje.
  • Cualquier pérdida de ingresos, antigüedad, beneficios de jubilación y otras oportunidades de empleo que el cónyuge que busca pensión alimenticia haya perdido.
  • La edad y el estado físico y emocional del cónyuge que busca manutención.
  • La capacidad del cónyuge al que se solicita mantenimiento para satisfacer las necesidades al tiempo que satisface las del cónyuge que busca mantenimiento.
  • La contribución de cada cónyuge a la adquisición o al aumento del valor de los bienes conyugales, y la contribución de un cónyuge que fuera ama de casa o ayudara al empleo o negocio del otro.

Modificación de la manutención del cónyuge

Incluso las indemnizaciones «permanentes» de manutención del cónyuge pueden ser suspendidas o suspendidas, o la cantidad puede modificarse, si la situación de un ex cónyuge cambia significativamente. En la práctica, esto generalmente significa un aumento o disminución sustancial de los ingresos del pagador o del receptor, aunque un cambio sustancial en los gastos también puede justificar una modificación. (Minn. Stat. Ana.sec. 518A. 39.)

La única manera de evitar legalmente la modificación de una orden de mantenimiento del cónyuge es que ambos cónyuges acuerden, por escrito, renunciar (renunciar) al derecho de volver a la corte y solicitar cambios más tarde. También deben declarar específicamente que el tribunal de distrito no tiene más autoridad (jurisdicción) sobre el asunto. El tribunal debe comprobar que el acuerdo es justo y que ambos cónyuges han divulgado todos sus bienes y responsabilidades, y el acuerdo debe incorporarse en el fallo y el decreto de resolución. Tal acuerdo se llama renuncia a Karon, después de un caso judicial que lo discutió. (Karon c. Karon, 435 N. W. 2d 501 (Minn. 1989.)

Actualizado por: Mary Randolph, J. D.