Ley de Protección de Mamíferos Marinos (MMPA)

El Congreso promulgó la Ley de Protección de Mamíferos Marinos en 1972 (MMPA; 16 U. S. C. 1361 et seq.) para prevenir la disminución de especies y poblaciones de mamíferos marinos. La MMPA prohíbe específicamente la «captura» de mamíferos marinos en aguas estadounidenses y por ciudadanos estadounidenses en alta mar, y la importación de mamíferos marinos y productos de mamíferos marinos a los Estados Unidos. La implementación de la MMPA se comparte entre el Servicio Nacional de Pesca Marina (NMFS) de la Administración Nacional Oceánica y Atmosférica y el Servicio de Pesca y Vida Silvestre de los Estados Unidos (USFWS) del Departamento del Interior con el NMFS que maneja ballenas, delfines, marsopas, focas y leones marinos y el USFWS responsable del manatí, el dugongo, la nutria marina, la morsa y el oso polar.

La MMPA incluye exenciones para la captura de mamíferos marinos para determinadas actividades y en condiciones especificadas. Para las actividades relacionadas con la exploración, el desarrollo y la producción de energía y minerales en alta mar, esta exención es la forma de una Autorización de Toma Incidental (ATI). El ATI autoriza la captura no intencional de un pequeño número de mamíferos marinos, siempre que la actividad tenga un impacto insignificante en los mamíferos marinos y no tenga un impacto adverso absoluto en el uso de subsistencia de los mamíferos marinos. ElA puede ser emitido como una Carta de Autorización (promulgación de regulaciones de 5 años que requieren autorizaciones anuales específicas para el sitio) o una Autorización de Acoso Incidental (autorización de 1 año específica para el sitio para actividades sin potencial de lesiones graves o mortalidad). Ambos formularios requieren un período de revisión y comentarios públicos. Un ATI también requiere el monitoreo y la notificación de una toma para verificar un impacto insignificante.

En ausencia de unA, los operadores offshore y los arrendatarios son legalmente responsables de cualquier toma que pueda ocurrir, y existen sanciones civiles y penales por violaciones de la MMPA.

BOEM alienta a los operadores y arrendatarios en alta mar a solicitar unA para actividades con potencial para capturar mamíferos marinos. Además, BOEM se coordina con NMFS y USFWS para garantizar el cumplimiento de la MMPA y también para desarrollar requisitos efectivos de mitigación y monitoreo para las autorizaciones deA y BOEM.