Requisitos de Cambio de Nombre de Missouri
Resumen General de las Leyes de Cambio de Nombre
Los tribunales a menudo están dispuestos a aceptar cambios de nombre por casi cualquier razón legítima. Sin embargo, la concesión de una solicitud de cambio de nombre es discrecional ante el Tribunal. Para que se conceda una orden/decreto/sentencia de cambio de nombre, el Tribunal debe determinar que se cumplen los requisitos de notificación y los requisitos para las alegaciones en la solicitud. El Tribunal también debe encontrar una razón buena y suficiente para el cambio, determinar que el cambio es compatible con el interés público y, si el cambio de nombre es para un menor, determinar que el cambio es en el mejor interés del menor.
No puede cambiar su nombre con un propósito fraudulento, como evitar deudas, no puede cambiar a un nombre que pueda afectar los derechos de otra persona, como una celebridad, no puede usar una palabra de maldición, insulto racial, obsceno y/o una palabra ofensiva como parte de su nombre y no puede cambiar a un nombre que cause confusión deliberada (por ejemplo, un nombre con puntuación y/o un número).
NOTA IMPORTANTE: Para las acciones de cambio de nombre, que involucran a un menor, nuestros materiales son estrictamente para uso si ambos padres dan su consentimiento para el cambio de nombre. Si uno de los padres no da su consentimiento, nuestros materiales no son apropiados. El solicitante puede ponerse en contacto con un abogado local, un colegio de abogados, etc.
Una vez más, recuerde, nuestros materiales de cambio de nombre están diseñados para cubrir solo cambios de nombre simples e indiscutibles.
Requisitos para solicitar un Cambio de nombre para un adulto en Missouri
Existen ciertos requisitos que deben cumplirse antes de poder solicitar un cambio de nombre y/o durante el proceso de cambio de nombre en Missouri. Estos requisitos incluyen:
- «Niño», una persona menor de dieciocho años de edad;
- «Menor», toda persona que no haya cumplido los dieciocho años de edad.
Resumen General de las Leyes de Cambio de Nombre en Missouri para un adulto
En Missouri, un adulto puede cambiar su nombre presentando una acción en el Tribunal de Circuito con los formularios apropiados. El proceso para obtener un cambio de nombre para un adulto en Missouri comienza con la presentación de una Petición Verificada ante el Tribunal de Circuito en la jurisdicción en la que reside el solicitante. Como se indicó anteriormente, el peticionario (la persona que inicia la demanda/solicitud) debe haber vivido dentro del Estado de Missouri y el Condado en el que presentará su solicitud durante al menos noventa (90) días.
La Petición Verificada incluye información personal según lo requiera la ley, como el nombre del Solicitante, el nuevo nombre que el Solicitante desea adoptar, las razones de la solicitud de cambio de nombre, etc.
Después de presentar la Petición Verificada y otros formularios apropiados y pagar la cuota de presentación requerida, el Tribunal programará una fecha de audiencia para el peticionario. En la audiencia, el Tribunal podrá tomar declaración a todas las partes interesadas y podrá interrogar, bajo juramento, al peticionario o a cualquier otra persona en relación con la Petición. En el caso de que alguien presente una objeción a su solicitud, su caso será impugnado y se le insta encarecidamente a contratar a un abogado. Si no contrata a un abogado, tendrá que representarse a sí mismo en una audiencia impugnada.
El Tribunal podrá conceder o denegar el cambio de nombre solicitado. Si el Juez está convencido de que el Peticionario ha cumplido con los requisitos legales, y que el cambio de nombre solicitado sería adecuado y no perjudicial para los intereses de ninguna otra persona, el Juez firmará una Orden que le permitirá al Peticionario tomar el nuevo nombre después de un período de tiempo específico, que será al menos después de que se hayan cumplido los requisitos de publicación (que se discuten a continuación).
La Orden requiere que el peticionario publique un aviso del cambio de nombre (Formulario de Aviso Público), dentro de los veinte (20) días posteriores a la emisión de la Orden del Tribunal. Después de que se complete la publicación, el peticionario debe presentar la prueba de publicación al secretario del Tribunal. Esto se logra mediante la presentación de una Declaración jurada de publicación, que normalmente es proporcionada por el periódico y verifica la publicación. La Declaración Jurada se adjunta a una copia del Formulario de Aviso Público publicado y se presenta al secretario a más tardar diez (10) días después de la última fecha de publicación.
Después de que se haya presentado la prueba en la Corte, el secretario finalizará la Orden que le permite al peticionario comenzar a usar su nuevo nombre. Si cualquier plazo adicional debe expirar antes de que el Peticionario pueda comenzar a usar su nuevo nombre, el secretario de la Corte lo notificará al Peticionario.